UGC España Manual de oficio para quien graba
Edición 2026-08-01Publica Northbank Media
Contratos

El contrato mínimo viable de un creador

Las once cosas que un acuerdo tiene que decir para que un encargo de contenido no acabe en conflicto, escritas de forma que quepan en dos páginas.


Respuesta directa

Un acuerdo utilizable cabe en dos páginas y responde a once preguntas: quién contrata, qué se produce, cuándo, dónde, qué se entrega, cuántas revisiones, qué derechos se ceden y por cuánto tiempo, qué exclusividad hay, cuánto cuesta y cómo se paga, quién responde de qué, y cómo termina. Si falta alguna de las once, ese hueco se llenará más adelante con la interpretación de quien tenga más poder en la relación. No hace falta un documento largo: hace falta uno completo.

Por qué corto es mejor que largo

Existe la idea de que un contrato protege en proporción a su extensión. No es cierto. Los contratos largos de contenido suelen ser plantillas de otra industria con párrafos que nadie ha adaptado, y su longitud desincentiva justamente lo que hay que hacer: leerlos.

Un documento de dos páginas que responda a las once preguntas protege más que uno de veinte que responda a ocho y llene el resto con definiciones.

Además, un documento corto se negocia. Uno largo intimida y se firma sin discutir, que es exactamente el efecto que produce y a veces el que se busca.

Las once preguntas

Nota: lista de comprobación editorial de esta publicación. No es un modelo de contrato ni sustituye al asesoramiento de un abogado.
PreguntaQué tiene que decirQué pasa si falta
01¿Quién contrata?Denominación social, identificación fiscal, quién paga y a favor de quién se ceden derechosNo sabes a quién facturar ni a quién reclamar
02¿Qué se produce?Piezas, duración, formato, variantes, si hay brutosDiscusión sobre si algo estaba incluido
03¿Cuándo?Calendario con las dependencias del cliente marcadasUn retraso ajeno se convierte en incumplimiento tuyo
04¿Cómo se entrega?Especificaciones técnicas, nomenclatura y medioReentregas no facturadas
05¿Cuántas revisiones?Rondas, definición de ronda y de cambio de encargoRevisiones sin fin
06¿Qué derechos se ceden?Modalidades, territorio, plazo, exclusiva o no, tercerosCesión interpretada en el sentido más amplio
07¿Hay exclusividad?Lista nominal, fecha de inicio y de fin, alcanceBloqueo indefinido sin contraprestación
08¿Cuánto y cómo se paga?Desglose, impuestos, anticipo, plazo y demoraCobro tardío sin base para reclamar
09¿Quién responde de qué?Reparto de responsabilidades por origen del materialIndemnidad ilimitada a tu cargo
10¿Cómo termina?Causas, preaviso, compensación y suerte de los derechosCancelación sin coste el día antes del rodaje
11¿Qué ley y qué tribunales?Jurisdicción y ley aplicableReclamar resulta inviable en la práctica

Uno: quién contrata, de verdad

Parece trivial y no lo es. Con frecuencia quien te escribe es una agencia y quien va a usar el contenido es su cliente. Necesitas saber tres cosas: con quién firmas, quién paga y a favor de quién se ceden los derechos.

Si firmas con una agencia y los derechos se ceden a la marca final, que conste. Si la agencia desaparece, tu factura depende de con quién tengas contrato. Y si la marca final usa el contenido más allá de lo pactado, necesitas saber a quién reclamar.

Pide siempre la denominación social completa y el número de identificación fiscal. No es desconfianza: es lo que hace falta para emitir una factura correcta según el Reglamento aprobado por el Real Decreto 1619/2012.

Dos y tres: qué se produce y cuándo

El objeto tiene que describirse en términos que permitan saber si se ha cumplido. Número de piezas, duración aproximada, formato, relación de aspecto, si hay variantes de arranque y cuántas, si se entrega material bruto.

El calendario tiene que incluir las dependencias del cliente, y esta es la parte que casi nunca se escribe. Si el producto llega tarde, si el guion se aprueba tarde o si los comentarios de revisión tardan dos semanas, la fecha de entrega se desplaza. Ponerlo por escrito evita que un retraso ajeno se convierta en un incumplimiento tuyo.

Cuatro y cinco: entrega y revisiones

Las especificaciones técnicas merecen su propia línea: resolución, códec, tasa de fotogramas, formato de archivo, nomenclatura, medio de entrega y si hay que entregar subtítulos o transcripción. El detalle completo está en especificaciones de entrega.

Las revisiones necesitan tres elementos: cuántas rondas, qué es una ronda y qué se considera cambio de encargo. Sin los tres, el número de rondas no significa nada.

Seis y siete: derechos y exclusividad

Es el bloque que más valor mueve y el que más se abrevia. Debe enumerar modalidades, territorio, plazo, si la cesión es exclusiva o no, si se autoriza la cesión a terceros y si se cede el material bruto.

La exclusividad, si la hay, va aparte, con lista nominal de empresas y fecha de fin. Las dos materias se desarrollan en cesión de derechos y en exclusividad.

Ocho: precio y pago

Importe desglosado por conceptos, impuestos aplicables, porcentaje a la firma, plazo de pago del resto y consecuencias del retraso. Sobre los plazos entre empresas resulta relevante la Ley 3/2004 de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

Conviene además escribir a qué se refiere el pago: si el importe cubre la producción, la cesión y la exclusividad como un todo, o si cada partida tiene su propio calendario.

Nueve: quién responde de qué

El reparto que funciona:

  • La marca responde de las afirmaciones sobre su producto, de los materiales que facilita, del cumplimiento normativo de su categoría y de los usos que haga del contenido.
  • Tú respondes de que el material que aportas es tuyo o está autorizado, de las personas que grabas, de la música que eliges y de identificar el carácter comercial en la publicación que haces tú.

Ese reparto es el antídoto contra la indemnidad ilimitada que se comenta en las cláusulas peligrosas.

Diez y once: cómo termina y qué ley se aplica

Terminación: causas, preaviso, compensación por cancelación tardía y qué ocurre con los derechos ya cedidos cuando el contrato acaba. Esta última pregunta se olvida casi siempre y es importante: la cesión puede sobrevivir al contrato o extinguirse con él, y conviene que esté escrito cuál de las dos cosas ocurre.

Ley aplicable y tribunales: si la contraparte está fuera de España, esta cláusula determina si reclamar es viable en la práctica. Merece atención específica.

Esto no es asesoramiento jurídico. Este artículo describe qué materias debe cubrir un acuerdo, no proporciona un modelo de contrato. La redacción concreta debe revisarla un abogado.

El anexo que ahorra discusiones

Una práctica útil: adjuntar como anexo el briefing aprobado y el presupuesto aceptado, e indicar en el contrato que forman parte de él. Así, lo que se habló sobre alcance queda incorporado y no depende de la memoria de nadie.

Y una precaución: si el briefing cambia durante el proyecto, el cambio se documenta por correo con el nuevo alcance y, si procede, con la nueva cifra. Un briefing que muta sin dejar rastro es la causa más común de conflicto sobre revisiones.

Lo que conviene llevarse

Once preguntas, dos páginas. Si alguna queda sin respuesta, la responderá más tarde quien tenga más poder en la relación, y no serás tú.

Cuando el cliente aporta su propio contrato, la lista sirve igual: se usa como comprobación de lo que falta y como guía de qué pedir. Y si el documento contiene alguno de los patrones descritos en cláusulas peligrosas, ya sabes qué proponer en su lugar.

Preguntas frecuentes

¿Puedo usar el mismo contrato para todos los clientes?

Puedes tener un documento base propio y adaptarlo por encargo, que es lo que hace cualquier profesional. Lo que cambia siempre es el bloque de derechos, el de exclusividad y el calendario. Conviene que un abogado revise tu base una vez, y después mantenerla.

¿Y si el cliente impone su contrato?

Es lo habitual con marcas grandes. La lista de once preguntas sirve igual: la usas para comprobar qué falta y para redactar las modificaciones que vas a proponer. Pocas, concretas y ya escritas.

¿Hace falta firma electrónica?

Una firma electrónica facilita la prueba y agiliza la gestión. Lo importante es que quede acreditada la voluntad de las partes y el contenido exacto firmado. Guarda copia del documento final y de la cadena de correos.

¿Un contrato me protege si el cliente simplemente no paga?

Un contrato te da un título claro para reclamar y facilita las vías extrajudiciales y judiciales. No garantiza el cobro, pero cambia mucho la conversación y es determinante si hay que acudir a un procedimiento.

¿Debo incluir penalizaciones por retraso del cliente?

Es más eficaz redactar el calendario con dependencias que introducir penalizaciones difíciles de aplicar. Si el cliente se retrasa en aprobar, la fecha de entrega se desplaza el mismo número de días. Es automático y no genera conflicto.

Transparencia editorial. Este artículo no contiene ningún enlace comercial. Ninguna empresa con acuerdo con esta publicación aparece en él. Editada por Northbank Media.

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