Tres situaciones se mezclan bajo la misma etiqueta y tienen tratamientos distintos. Separarlas evita casi todos los problemas, y la mayoría se resuelven antes de encender la cámara.
Las tres situaciones
La primera es que en tu pieza aparezca otra persona identificable porque tú la has grabado a propósito. Aquí hace falta su consentimiento para ese uso concreto, y si es menor, el de quien ejerce la patria potestad o la tutela.
La segunda es que grabes en un espacio donde hay gente que no forma parte de la pieza. Lo que importa es si resultan identificables y con qué relevancia aparecen, y casi siempre se resuelve con una decisión de encuadre.
La tercera es que el encargo te pida recoger datos del público: un sorteo, un formulario, una lista. En ese momento dejas de ser sólo quien produce y entras en un tratamiento de datos con obligaciones propias.
| Situación | Lo que decide | Lo que conviene tener antes de grabar |
|---|---|---|
| Aparece otra persona adulta a propósito | Su consentimiento para ese uso concreto | Autorización escrita con el uso, el plazo y los medios |
| Aparece un menor | El consentimiento de progenitores o tutores | Autorización firmada por quien ejerce la patria potestad |
| Gente de fondo en la vía pública | Si resultan identificables y con qué relevancia | Encuadre que evite identificación, o desenfoque |
| Personal o local del cliente | Los permisos que controla el cliente | Confirmación escrita del cliente de que están en regla |
| Sorteo o formulario del público | Que hay un tratamiento de datos con responsable | Textos informativos del cliente y su bases legales |
| Mensajes privados que quieres mostrar | Que contienen datos de un tercero | Permiso, o supresión de todo dato identificativo |
El permiso, y por qué se pide antes
La regla de higiene que resuelve casi todo es de calendario: el permiso se obtiene antes de grabar, no después de montar. Pedirlo antes cuesta un mensaje. Pedirlo después significa que si la respuesta es no, se pierde el trabajo hecho, y esa presión empuja a publicar sin permiso o a insistir de mala manera.
El formato no tiene que ser solemne. Un mensaje en el que la persona diga que autoriza aparecer en una pieza para tal cliente, publicada en tales sitios y durante tal tiempo, guardado, cubre lo que hace falta cubrir en la mayoría de encargos. Lo esencial es que esté escrito y que diga para qué.
Con menores no hay versión rápida. Autorización de quien ejerce la patria potestad o la tutela, firmada, con el uso concreto. Es el punto donde conviene ser estricto incluso cuando la situación es familiar y todo el mundo está de acuerdo de palabra.
Es razonable en lo que depende de ti, como el permiso de una persona que grabas a propósito. Deja de serlo cuando el encargo te pide grabar en un local del cliente, en un evento suyo o con su personal, donde los permisos los controla él y no tú.
También arrastra el supuesto de la recogida de datos: si el encargo incluye un sorteo o un formulario, esa cláusula te deja solo ante obligaciones que corresponden al cliente.
Separar por escrito qué autorizaciones aporta el cliente, típicamente las de sus espacios, su personal y sus eventos, y cuáles aportas tú.
Que cualquier recogida de datos del público se haga con los textos informativos del cliente y bajo su responsabilidad, no improvisados por ti.
La gente de fondo
Es la situación más frecuente y la que menos derecho requiere y más oficio. La pregunta no es si hay personas en el plano, es si alguna resulta identificable y qué papel juega en la pieza.
Las medidas son de rodaje y no de contrato. Componer para que el fondo no identifique a nadie. Trabajar con profundidad de campo corta. Elegir la hora y el sitio. Y si en el montaje aparece una cara reconocible que no aporta nada, desenfocarla, que cuesta un minuto.
Hay además contextos donde conviene extremar el cuidado con independencia de la identificación: centros escolares, instalaciones sanitarias y cualquier espacio donde la presencia de una persona revele algo de su situación personal.
Los mensajes privados
Enseñar una conversación recibida es un recurso habitual y contiene datos de un tercero: su nombre, su fotografía, su manera de escribir. Difundirlo sin permiso es difundir datos de una persona que no ha consentido.
La solución es sencilla y no cuesta la pieza: si lo interesante es el contenido, se transcribe sin ningún elemento identificativo. Si lo interesante es la captura como objeto, hace falta permiso. En cualquier caso, difuminar el nombre y dejar la foto de perfil visible no sirve de nada.
Cuando el encargo recoge datos
Un sorteo, un formulario de inscripción o una captación de correos convierten el encargo en otra cosa. Hay un responsable del tratamiento, una base que lo legitima, una información que hay que dar al interesado, un plazo de conservación y, en el caso del sorteo, unas bases legales.
Nada de eso debería improvisarlo el creador. Es una operación del cliente, se hace con sus textos y bajo su responsabilidad, y conviene que el encargo lo diga expresamente. Aceptar hacerlo por tu cuenta porque parece un detalle menor es asumir obligaciones que no te corresponden y para las que no tienes estructura.
Lo que conviene llevarse
Separa las tres situaciones. Pide el permiso antes de grabar y por escrito, siempre. Con menores, sin excepciones. Resuelve el fondo con encuadre en lugar de con papeles. Y cualquier recogida de datos, con los textos del cliente y bajo su responsabilidad.
Esta publicación no presta asesoramiento jurídico. La autoridad de control en España publica material divulgativo útil y está enlazada al pie.
